¿No está de acuerdo con la oferta motivada que le propone su compañía?

 

oferta motivada

Si  no está conforme con la oferta motivada que le propone su compañía con respecto a sus lesiones puede solicitar informe del médico forense.

Las reformas legislativas del año 2015 han supuesto cambios en la tramitación de las reclamaciones como consecuencia de los accidentes de tráfico, estableciéndose un procedimiento para la reclamación extrajudicial a las entidades aseguradoras por parte de los perjudicados.

El centro de esta reforma es el art. 7 del Texto Refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguros de Vehículos a Motor, en el que se determina un procedimiento común para que los perjudicados puedan solicitar la emisión de Informes Periciales a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Todo ello como consecuencia de quedar despenalizadas las faltas por homicidio y lesiones cometidas por imprudencia leve, derivándose a la vía civil.
En este sentido, los perjudicados por un accidente de tráfico podrán solicitar la emisión de un Informe Pericial a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el caso de que estén disconformes con la oferta motivada de la compañía aseguradora (Art. 7.5 Ley Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación). Dicha solicitud podrá formularse de común acuerdo entre compañía y perjudicado, o sólo, a instancias del perjudicado, en cuyo caso el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses lo comunicará a la entidad aseguradora.

La solicitud se presentará en la sede del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense del domicilio de la víctima, o bien, en el del lugar del accidente, por tanto, será el órgano competente para la tramitación y resolución del procedimiento. Además, la solicitud podrá presentarse por medios electrónicos o bien, ante la subdirección territorialmente competente del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses correspondiente.

Se podrá solicitar cuando el perjudicado haya recibido la oferta motivada por parte de la aseguradora con la cantidad con la que va a indemnizar y el perjudicado no está de acuerdo con ésta.
A la solicitud debe acompañarse la oferta motivada de la compañía, así como toda la documentación médica de interés y que quieran hacer valer, informando los perjudicados de los centros sanitarios que dispongan de su Historia Clínica y de los antecedentes médicos relacionados con las lesiones sufridas en el accidente de tráfico.
Si se advirtiera por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses cualquier defecto u omisión documental se comunicará a quien hubiera formulado la solicitud para que lo subsane en el plazo de 10 días hábiles, con apercibimiento de tenerla por desistida si no lo hiciera.

Una vez que el procedimiento continúe se informará a la víctima y a la aseguradora del día, hora y lugar de la exploración médica.

En el mencionado reconocimiento médico se podrá recabar el historial clínico de interés y los informes que existan en otras instituciones sanitarias, así como solicitar la realización de pruebas complementarias, las cuales serán a cargo de la entidad aseguradora siempre que preste su consentimiento para su realización.

El Informe Pericial que se emita se ajustará al sistema de reglas del Texto Refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Es más se confeccionará un informe por accidente y víctima lesionada conforme al modelo establecido. El informe se entregará al perjudicado dentro del mes siguiente a la realización de la exploración, en el plazo de 7 días desde la recepción del citado Informe Pericial médico, el perjudicado y la entidad aseguradora podrán solicitar aclaración del mismo.

Como consecuencia de la elaboración del Informe Pericial oportuno, se exigirá un precio público  siendo la entidad aseguradora que haya emitido la oferta motivada, la obligada al pago del precio público: –si el informe se ha solicitado de mutuo acuerdo entre entidad aseguradora y perjudicado: será la entidad aseguradora la que directamente deba acreditar el pago del precio público; –si ha sido el perjudicado a su instancia el que ha solicitado el Informe Pericial: el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses reclamará a la aseguradora el justificante de pago.

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