Oferta motivada

oferta motivadaLa compañía de seguros causante del accidente tiene que enviarnos una oferta motivada de indemnización

 

 

 

Trás sufrir un accidente de tráfico e interponer una reclamación extrajudicial a la compañía causante del accidente. La compañía de seguros tiene que enviarnos una propuesta motivada que tiene que cumplir una serie de requisitos en esa oferta motivada que nos ofrece.

 Requisitos en la oferta motivada que la compañia de seguros nos ofrece: 

Si la compañía no da una oferta motivada, supondrá una infracción administrativa, igualmente, si transcurre el plazo de tres meses sin que exista una respuesta motivada. A partir de tres meses, se generarán intereses moratorios para la compañía de seguros.

Los requisitos que debe cumplir la oferta motivada de la compañía de seguros nos ofrece, se desglosan en el apartado 3 del art. 7 de la Ley y que son los siguientes:

  •  Contendrá una propuesta de indemnización por los daños en las personas y en los bienes que pudieran haberse derivado del siniestro. En caso de que concurran daños a las personas y en los bienes, figurará de forma separada la valoración y la indemnización ofertada para unos y otros.
  •  Los daños y perjuicios causados a las personas se calcularán según los criterios e importes que se recogen en el baremo de indemnizaciones de tráfico.
  • Contendrá, de forma desglosada y detallada, los documentos e informes en los que se haya basado para la cuantificación de los daños, incluyendo el informe médico definitivo, de manera que el perjudicado tenga los elementos de juicio necesarios para decidir su aceptación o rechazo.
  • Se hará constar que el pago del importe se puede aceptar aunque pensemos que la propuesta no es suficiente y vayamos a solicitar una segunda propuesta. Es decir, si la compañía hace una oferta y no estamos conformes con la cantidad por considerar que debe ser superior, podemos aceptar la cantidad ofrecida y continuar la reclamación únicamente por la diferencia que creemos debe ser la cantidad a indemnizar.

La consignación de la cantidad a indemnizar podrá hacerse en dinero efectivo, mediante un aval  bancario o cualquier otro medio que garantice los requisitos exigidos por el organo jurisdiccional correspondiente.

En legaccidentes llevamos 21 años trabajando a su servicio. Un equipo de abogados especializados en accidentes de tráfico le atenderá. Confíenos su caso

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