Delitos que conllevan retirada del carné

Delitos que conllevan retirada del carnéLos delitos que conllevan la retirada del carné son los siguientes:

 

 

 

1.- Conducir con exceso de velocidad.

Para cometer el delito no basta superar el límite de velocidad, sino que tiene que superarse la velocidad máxima en sesenta kilómetros por hora si se circula por vías urbanas o en ochenta kilómetros por hora si se conduce por vías interurbanas. Este delito se tipifica en el apartado primero del art. 379 del Código Penal y supone pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en todo caso, la retirada del carné de conducir por un periodo de entre 1 y 4 años.

2.- Conducir bajo los efectos del alcohol o bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

Se regula en el apartado segundo del art. 379 del Código Penal y conlleva pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en todo caso, la retirada del carné de conducir por un periodo de entre 1 y 4 años.

3.- Conducción temeraria.

Se regula en los artículos 380 y 381 del Código Penal. Hay que distinguir dos supuestos dentro del delito de conducción temeraria:

  • Conducir con temeridad manifiesta y poner en concreto peligro la vida o la integridad de las personas se castiga con penas de prisión de seis meses a dos años y retirada del carné por tiempo superior a uno y hasta seis años. Se regula en el art. 380 del Código Penal.
  • Conducir con temeridad manifiesta y poner en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, con manifiesto desprecio por la vida de los demás se castiga con pena de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y retirada del carné de conducir por un periodo de seis a diez años. En el caso de que no se haya puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y retirada del carné de conducir de seis a diez años. Este delito se regula en el art. 381 del Código Penal.
4.- Negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas.

Se regula en el art. 383 del Código penal y supone la pena de prisión de seis meses a un año y retirada del carné de conducir por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Si quiere saber más sobre  los delitos que conllevan la retirada de carné y cómo puede recuperar el carné una vez retirado lea este artículo completo Retirada del carné de conducir por delito

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