Multa de tráfico: ¿recurrir o no recurrir?

multa

 

¿Le han puesto una multa que considera injusta y no sabe si pagarla o recurrirla?

 

 

Las multas de tráfico tienen un beneficio, si no se recurren. Si se pagan en el plazo establecido, se realiza una reducción del 50 %. En el caso de que se recurra se pierde este beneficio y de resultar finalmente obligado a pagar la multa se deberá pagar el 100 % de la misma.

Por ello, a la hora de decidir si se recurre o no una multa hay que tener en cuenta muchas circunstancias.

En primer lugar, tenemos que tener en cuenta quién ha impuesto la multa, ya que, si la multa es impuesta por una autoridad, su declaración tiene presunción de veracidad, es decir, que a menos que demostremos inequívocamente que quién nos ha impuesto la multa se ha equivocado, tendremos que pagarla. Así, es necesario valorar la prueba con la que contamos para el recurso y si dicha prueba es suficiente frente a esta presunción de veracidad.

Existen muchas empresas que se dedican a recurrir multas prometiendo a quienes contratan con ellas no volver a pagar una multa. Dicha promesa es sencillamente imposible de cumplir. Sea realista y no se deje engañar por esta publicidad.

¿Cual es el truco de estas empresas? El tiempo.. A la hora de recurrir se agotan todos los plazos y se alarga el procedimiento lo máximo posible.

Los procedimientos sancionadores están sometidos a unos plazos de caducidad muy estrictos. Habrá que ver el tipo de multa que se recurre para ver que plazo de caducidad tiene el procedimiento. Lo general es que tengan un plazo de caducidad de seis meses, aunque también hay plazos más extensos. Si transcurre el plazo de caducidad desde que se inicia el procedimiento sancionador sin que haya recaído resolución expresa imponiendo la sanción, el procedimiento ha caducado y ya no pueden imponer la multa. Aunque si pueden iniciar de nuevo el procedimiento sancionador en el caso de que no haya prescrito la infracción cometida.

Las empresas que se dedican a recurrir multas juegan con estos plazos de caducidad. Cuentan con la incompetencia de la administración para tramitar todo el volumen de sanciones que imponen dentro de los plazos de caducidad. En ocasiones las jugada sale bien y no hay que pagar la multa. El problema viene cuando no sale bien y la administración cumple los plazos: hay que pagar la multa y muy probablemente intereses de demora.

¿Cual es la solución apropiada entonces?

No existe soluciones milagrosas ni soluciones que se puedan aplicar de forma genérica a todos los casos. Lo más acertado es examinar de forma individualizada cada multa para ver que es lo que más nos interesa:

  • En algunos casos nos interesará pagar la multa y beneficiarnos de los descuentos por no recurrir.
  • En otros casos, contaremos con pruebas suficientes para desmontar la presunción de veracidad de la autoridad y nos interesará recurrir hasta la última instancia, incluso en vía judicial.
  • En otros casos, nos interesará la estrategia de agotar los plazos y contar con la incompetencia de la administración para que se produzca la caducidad del procedimiento sancionador. Para ello es primordial conocer como funciona el proceso sancionador, para poder acogernos a cualquier posible fallo o incumplimiento de plazo.
  • En otros casos puede que la multa tenga un defecto de forma y podamos acogernos a eso para librarnos de ella.
  • Puede suceder que la multa no tenga todos los datos correctos y ese sea el motivo para recurrirla.

Por ello en legaccidentes le recomendamos ver detenidamente su multa y estudiar su caso concreto para abordar el tema de la manera más correcta y beneficiosa para usted.

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