Indemnización por latigazo cervical.

indemnización por latigazo cervical El latigazo cervical es la lesión más común en colisiones a baja velocidad.

Si usted ha sufrido un accidente y tiene un latigazo cervical. Puede reclamar una indemnización de la siguiente forma:

Tramitación:

  1. Recopile toda la información del accidente: parte amistoso, explique bien cómo sucedió el siniestro, causas del mismo, identifique a los testigos para obtener garantía de veracidad en un posible juicio..
  2. Vaya al médico: a la seguridad social o a uno privado y recopile todos los informes y pruebas médicas realizadas que valoren las lesiones que usted ha sufrido.
  3. Contrate a un abogado especializado en accidentes. Independiente del de las compañías de seguros y proporciónele toda la información que ha recopilado.
  4.  Si es necesaria rehabilitación, inicie el tratamiento. Puede optar por el médico rehabilitador de su compañía de seguros o dirigirse a una clínica privada que usted elija y pasarle la factura de los gastos a su compañía de seguros de su vehículo.
  5. Presente una reclamación a la aseguradora por vía judicial. Trámite del que se ocupará su abogado.

¿Con qué cantidad me van a indemnizar?

No podemos establecer una cantidad fija de indemnización para ello, porque ésta  dependerá de sus circunstancias personales, del grado de las lesiones sufridas, de las secuelas y de la pericia del abogado que lleve el caso, de ahí la importancia de contratar a un abogado experto en la materia.

Las cantidades que el baremo de indemnizaciones de tráfico destina al latigazo cervical son muy variables según sus circunstancias personales pudiendo llegar hasta los 4.000 euros y alcanzando en los casos muy severos  los 10.000 euros cuando las secuelas son importantes.

En la mayoría de estas lesiones se produce una baja médica, que supone determinar cuantos dias de curación y secuelas conlleva la lesion, además debemos tener en cuenta que si el lesionado está dado de alta en la seguridad social también tiene derecho a una incapacidad temporal, cuantías que son compatibles.

La valoración de estas lesiones y la indemnización que le corresponde, resulta de la aplicación de un baremo en función de la situación y factores personales que influyen en cada víctima y que la hacen única.

La cantidad a percibir será la suma de multiplicar los días de recuperación + secuelas + factor de corrección por perjuicios económicos.

Los días de recuperación los determina el forense y se clasifican en:

-Hospitalarios se pagan a 71,84 euros.

-Impeditivos se pagarán a 58,41 euros.(en los que no puedes desarrollar tu trabajo)

-No impeditivos se pagarán a 31,43 euros.(si puedes desarrollar tu trabajo aunque no estés totalmente recuperado)

Y el factor de correción se aplica de forma proporcional al dinero que cobro de la indemnización.

¿Cómo se reclama una indemnización?

Existen 2 vías:

  •   Extrajudicial: Negociando con la compañía de seguros la cuantía a percibir.

La compañía está obligada por ley ( Real Decreto Legislativo 8/2004 ) a presentar en el plazo de 3 meses desde la recepción de la reclamación una “oferta motivada”, es decir incluyendo informes y documentación en la que la compañía se ha basado para cuantificar y así el indemnizado puede tener elementos de juicio a la hora de aceptar o rechazar dicha indemnización.

  • Vía judicial: Denunciando o demandando ante el juzgado. Legaccidentes te aconsejará la vía que más te convenga según tus circunstancias personales.

¿Plazos para reclamar?

  • 7 días para dar parte a tu compañía. ( El no cumplimiento de este plazo no implica la pérdida total de los derechos).
  • 6 meses para interponer denuncia penal .El plazo será mayor si se trata de un delito.
  • 1 año para interponer demanda civil, desde la posibilidad de ejercitar la acción o desde que se hayan curado las lesiones y se conozca el alcance definitivo de las mismas.

Si tiene cualquier duda contacte con nosotros. En legaccidentes estaremos encantados de poder ayudarle.

 

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