Avisadores, detectores e inhibidores de radar

radar

Solo están permitidos los avisadores de radar. Detectores e inhibidores de radar son ilegales y su uso conlleva sanción.

 

 

Según la Ley de Tráfico, los detectores y los inhibidores de radar están totalmente prohibidos. Si lo descubren con un detector en el coche, la multa puede ascender hasta los 200 euros, junto con la pérdida de 3 puntos del carné de conducir. Para el caso de los inhibidores, la sanción es de 6.000 euros y pérdida de 6 puntos. Además, los establecimientos que venden y/o instalan este tipo de dispositivos se pueden enfrentar a una multa de hasta 30.000 euros.

El objetivo de este tipo de dispositivos es eludir multas por exceso de velocidad, pero la legislación vigente prohíbe su uso. Sólo esta permitido el avisador tanto de radares fijos como móviles pero en nungún caso los detectores y mucho menos los inhibidores.

La DGT instaló en 2005 los primeros 37 radares fijos en las carreteras de nuestro país. En la actualidad ya hay 850 para controlar los excesos de velocidad que se producen al volante.

El margen de error de estos radares ha ido disminuyendo desde su inicio para ser mucho más duros con los conductores que se saltan los límites de velocidad y han aparecido diferentes sistemas para evitar este tipo de multas.

Diferenciemos entre los distintos dispositivos que existen:

– Avisador de radar: Dispositivo que avisa al conductor de los emplazamientos de radares fijos o posibles ubicaciones de radares móviles. Para dar esta información se basan en la posición del vehículo y una base de datos pública. No interfiere en los sistemas de los agentes de Tráfico ni permite eludir la vigilancia. Este sistema está integrado en la mayoría de los GPS y está permitido.

– Detector de radar: Es capaz de detectar las ondas que generan los radares informando al conductor. Puede descubrir tanto radares fijos como móviles, aunque no pueden detectar los radares de tramo, porque no emiten ondas. Permiten al conductor eludir los controles o saber con cierta antelación si hay un radar o no. No están permitidos y si le descubren con uno instalado en su vehículo la multa es de 200 euros y pérdida de 3 puntos.

– Inhibidor de radar: Puede detectar un radar y además emitir una interferencia destructiva para anular su efecto y que no pueda determinar la velocidad a la que circula el coche. Este sistema no funciona en el caso de los radares de tramo. Su uso está penalizado con 6.000 euros de multa y pedida de 6 puntos de carné de conducir.

La DGT informa en nota de prensa que está prohibido por el reglamento general de circulación  el uso de estos dispositivos.

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