Anulación multas radar en Málaga

anulación de multas por radar Anulación multas radar: Los malagueños podrán anular 19.000 multas.

Anulación multas radar por exceso de velocidad porque no la DGT no aplicó el margen de corrección de las mediciones de los radares. Ya hay más de un centenar de sentencias en este tema.

La causa de que se esté procediendo a la anulación multas radar por exceso de velocidad que han puesto los radares entre 2010 y 2015 es que a partir de la reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobado en 2010, la DGT dejó de aplicar la corrección exigida en las mediciones, que se estima en una rebaja del 5% de la velocidad calculada por el radar fijo y del 7% si el radar es móvil.

Sólo en Málaga podrían beneficiarse de esta anulación multas radar unas 19.000, que están pendientes de cobro y que fueron impuestas entre 2010 y 2015.

 La anulación multas radar sólo afecta a las multas impuestas entre 2010 y 2015

La anulación multas radar sólo es posible si fueron puestas entre los años 2010 y 2015 porque fué con la reforma de la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor en 2010 cuando la DGT no aplicó el índice de corrección exigido en las mediciones, que se estima en una rebaja del 5% de la velocidad calculada por el radar fijo y del 7% si el radar es móvil y a partir de febrero de 2015 se fueron corrigiendo los radares para implantarles el llamado umbral de tolerancia 7, que establece que el cinemómetro (o radar) no se active hasta que el vehículo no supere los 7 kilómetros por hora del límite legal de velocidad en los tramos inferiores a los 100 kilómetros por hora; o el 7% sobre el máximo permitido en vías con velocidades superiores a los 100 kilómetros por hora.

Esto supone que en una carretera con velocidad limitada a 110 kilómetros por hora los radares se activarán cuando se superen los 120 kilómetros por hora; mientras que si el límite legal es de 120 kilómetros por hora, las multas se empezarán a poner a partir de los 131 kilómetros por hora. La unificación de criterios con este umbral de tolerancia de los cinemómetros permite una norma homogénea para imponer las multas y afinar las mediciones de los aparatos. La propia DGT asegura que los errores de medición oscilan entre el 3% y el 7%, según el aparato, pero se ha preferido optar por la cifra más alta y menos lesiva para el usuario.

El problema de no aplicar las correcciones en las mediciones previstas para los radares es que muchas de las sanciones se imponen por encima de la infracción real. «Una persona que es cazada a 151 kilómetros por hora en una autovía comete una sanción grave por la que tiene que pagar 300 euros y pierde 2 puntos de carné; pero corrigiendo la sanción pasaría a ser de 100 euros y ningún punto».

 

La anulación multas radar, se puede aplicar sólo a las multas que están en vía ejecutiva, no a las que ya han sido abonadas.

Los recursos judiciales para la anulación multas radar, sólo se podrán hacer sobre aquellas multas pendientes de pago y que estén ya en vía ejecutiva, ya que si se han abonado de forma voluntaria para rebajar el importe se entiende que hay una aceptación de la infracción. Esto supone que el 40% de las sanciones que fueron pagadas en voluntaria no se podrá reclamar la anulación de estas multas.

Se calcula que de las 34.000 sanciones impuestas, unas 19.000 multas están pendientes de pago en la provincia de Málaga y por tanto se podrían recurrir.

El presidente de la AEA, por su parte, reconoce que aunque hay más de un centenar de sentencias favorables las personas individuales tienen problemas para acudir a los tribunales.

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