Alcoholemia: límites, sanciones
Durante una campaña la guardia civil realiza hasta 20.000 controles de alcoholemia diarios.
La Ley general de tráfico dice en su artículo 12 que está obligado a someterse a control de alcoholemia, cualquier conductor de vehículo a motor o bicicleta, así como los usuarios de la vía implicados en un accidente incluidos los peatones a los que le sea requerido.
Límites y Sanciones:
Límites:
Vamos a determinar cuando se considera infracción, falta administrativa y cuando delito penal:
Según Ley, se considera infracción administrativa muy grave superar en 0.5 gramos de alcohol por litro en sangre o en 0.25 miligramos de alcohol por aire espirado y la pena es de entre 300 y 600 euros, retirada de entre 4 y 6 puntos y 1 mes de permiso de conducir.
En caso de conductores nóveles y profesionales, las tasas se reducen a 0.15 y 0.30.
Se considera delito penal cuando se supera la tasa de alcohol en 1.2 gramos por litro en sangre o 0.60 miligramos por litro de aire espirado y tiene pena de prisión de entre 6 y 12 meses o multa de entre 360 euros y 144.000, trabajos en beneficio de la comunidad de entre 30 y 90 días y retirada de carné de entre 1 y 4 años.
Si el conductor se niega a hacerse la prueba mostrando signos de embriaguez aun cuando no supere 0.60 también puede considerarse delito penal y será sancionado con la pena de prisión de entre 6 meses y 1 año, multa de entre 360 a 144000 euros, trabajos en beneficio de la comunidad de entre 30 y 90 días y retirada del carné de entre 1 y 4 años.
Al volante no te la juegues. Una copa es mucho.
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