Adelantar por la derecha no se puede
No se puede adelantar por la derecha
No se puede adelantar por la derecha. Así lo dice el Reglamento General de Circulación en su artículo 82 .
Igual que hay que circular por la derecha, no se puede adelantar por la derecha. Se circula por la derecha y se adelanta por la izquierda.
Pero siempre hay los que no tienen espera y adelantan por la derecha poniendo en peligro su vida y la de los demás usuarios de la vía, sin tener en cuenta que esta práctica es muy peligrosa porque por lo general es inesperada para los demás usuarios y la reaccción del otro coche puede ser desastrosa y acabar en accidente.
En autopista o autovía, solo está permitido adelantar por la izquierda, tal como se indica en el Reglamento General de Circulación:
“En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por
la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.” (Capítulo II, artículo 33)“En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar.” (Capítulo VII, artículo 82.1)
Incumplir esta norma se considera una infracción grave y la sanción es de 200 euros sin pérdida de puntos (según el artículo 67.1 de la Ley de Seguridad Vial).
Este tipo de adelantamientos, excepto en los casos de congestión de tráfico (retenciones, donde hay vehículos detenidos en otro carril a los que rebasamos), no solo va contra el Código de Tráfico y Seguridad Vial sino que puede provocar un grave riesgo de accidente.
Generalmente si adelantamos por la derecha es porque hay alguien que va utilizando el carril izquierdo cuando no debe. Por el bien de todos usemos bien los carriles es un consejo de Legaccidentes
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