Conductor menor de 25 años o menos de 2 años de carné

conductor menor de 25 años¿ Que pasa cuando un conductor que tiene menos de 25 años o menos de 2 años de carné sufre un accidente?

¿Quién cubre los gastos?

Nos basamos en una Sentencia del Tribunal Supremo que declara abusivas las cláusulas que suelen incluirse en el seguro obligatorio por algunas aseguradoras que excluyen de la cobertura de siniestros a menores de 25 años o a conductores con menos de 2 años de carné, no declarados en la póliza. Esta es la Sentencia de 20 de noviembre de 2014 dictada por la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo.

El que contrata la póliza de seguros es el tomador (que puede ser el conductor del vehículo o no). El asegurado es la persona que lleva el coche ( que puede ser diferente o no al tomador)

 ¿Qué ocurre cuando en una misma casa hay más conductores o tu hijo, menor de 25 años se saca el carné? ¿Tienen que estar todos los conductores incluidos en la póliza?

 El problema sería que la prima del seguro se dispara de precio cuando incluimos en él a un menor de 25 años que acaba de sacarse el carné. Las compañías de seguros te van a decir que tienes que incluirlo pero realmente por Ley, no es requisito indispensable y el seguro tiene que pagar los gastos en caso de que el menor de 25 años sea el causante de un siniestro.

Cuando un vehículo está asegurado, están cubiertos todos los conductores con carné que conduzcan el vehículo, ya sean parientes o amigos del dueño del vehículo.

Las compañías suelen incluir cláusulas que excluyen al conductor menor de 25 años y al que tiene menos de 2 años de experiencia al volante.

Si ocurriera un siniestro, el seguro pagaría los daños pero luego se repetiría contra el tomador de la póliza, reclamándole y haciéndole pagar la parte proporcional del siniestro a la parte de prima que no había pagado de más, al no incluir al conductor menor de 25 años en la póliza. Esta corriente de jurisprudencia es muy antigua y la Sentencia de 20 de noviembre del Tribunal Supremo, echa por tierra toda esta teoría creando así jurisprudencia en este otro sentido.

Esta Sentencia declara nulas las cláusulas que incluyen las compañías de seguros que excluyen a conductores menores de 25 años o con menos de menos de 2 años de experiencia, aun cuando vengan explícitas en el contrato del seguro y sean firmadas por el asegurado. No pudiendo así la compañía de seguros reclamar el importe del siniestro abonado por la compañía del que fue responsable el menor de 25 años o con menos de 2 años de carné, tanto si es conductor habitual o esporádico, como si es familiar o amigo de la victima.

Sólo puede reclamar la parte de la prima que no se abonó en su momento al no incluir en su momento al conductor menor de 25 años o con menos de 2 años de experiencia. Es decir, si el seguro cuesta 500 euros a un asegurado mayor de 25 años y 800 euros si el asegurado es menor de 25 años, la compañía sólo puede reclamar los 300 euros de diferencia de la prima.

La compañía de seguros sólo podrá repetirse y reclamar al tomador del seguro los gastos ocasionados por un siniestro cuando el conductor carezca de permiso de conducir.

En legaccidentes disponemos de abogados especializados que pueden asesorarle en cualquier momento, para ello contacte con nosotros.

12 Comentarios.

GUADALUPE
10/02/2017 1:26 pm

Si mi hijo menor de 25 años( con mas de dos años de carnet),no esta incluido en la póliza , y tuviese un accidente donde él sufriese daños personales, el seguro cubriría sus daños?
Gracias.

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Hola Guadalupe,
En el caso que nos comentas habría que ver quién es el responsable del accidente. Si el responsable es otro vehículo distinto al conducido por tu hijo, siempre cobrará los daños que se le ocasionen a raíz del accidente. Si el responsable del accidente es tu hijo, los daños propios del conductor no se indemnizan con cargo al seguro obligatorio de vehículos. Habría que ver si el seguro obligatorio de vehículos incluye un seguro de accidentes para el conductor. Si es así, hay que comprobar las exclusiones de la póliza de seguro de accidentes. En el caso de que excluya expresamente a los conductores menores de determinada edad o con menos de cierta antigüedad en el carné, me temo que no cobraría indemnización alguna. Igualmente, si existe esa exclusión habría que comprobar que se cumplen los requisitos para que sea legal.

Saludos

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Hola buenas mi hija tiene 18 años y se ha sacado el carnet. Puede conducir mi coche si estar metida en el seguro? Gracias

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Buenos días Raquel,

Tu hija puede conducir sin estar metida en el seguro. Cuando se concierta un seguro se hace para asegurar el riesgo derivado de la conducción de un vehículo en concreto, independientemente de quién lo conduzca. El hecho de meter a tu hija en el seguro es a los únicos efectos de calcular el coste del seguro. Lógicamente un conductor con veinte años de experiencia tendrá un seguro más barato que otro con el carné recién sacado. Las consecuencia de no declarar el conductor adicional en el seguro es que en caso de accidente la compañía de seguros puede reclamar la diferencia entre la prima que se ha pagado y la que se debería haber pagado de incluir al conductor nobel. Si aparte del seguro a terceros la póliza incluye un seguro de accidentes (para indemnizar las lesiones que sufra el conductor tenga o no la culpa del accidente), la no inclusión del conductor puede dar lugar a la exclusión de esa cobertura (siempre que la exclusión se haya realizado de conformidad con los requisitos exigidos por la Ley de Contrato de Seguro). En conclusión, tu hija puede conducir sin problema, ya que en caso de accidente la aseguradora se tiene que hacer cargo del siniestro y para vosotros la única consecuencia podría ser que os reclamaran la diferencia entre la prima pagada y la que se debería haber pagado.

Saludos

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Artículo muy interesante, gracias por vuestro trabajo.
Tengo una duda, si en mi seguro de coches con asistencia en carretera no incluyo a mi hijo menor de 26 años, y por algun motivo se queda tirado en la carretera y necesita asistencia en carretera, ¿mi seguro se la proporcionaria? O al no estar incluido en el seguro, este servicio no se le prestaría. Muchas gracias.

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Hola Juan,
El servicio se prestaría. El problema de no incluir a conductores menores de determinada edad se presenta sobre todo en relación a seguros de accidentes o seguros a todo riesgo.

Saludos

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Hola mi hijo tiene 23 años y se ha sacado el carnet y no esta metido en el seguro ¿ pude sancinarme la policia ? Gracias

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Hola Cesar

En este caso la policía no puede sancionaros ni a ti ni a tu hijo puesto que se ha cumplido la obligación de tener el vehículo asegurado. Cuestión distinta es que en caso de que tu hijo tenga un accidente, la compañía pueda exigiros el pago de la diferencia que habría en el precio de incluir a tu hijo.

Saludos

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Mi hijo menor de 25 años tubo un accidente y me reclaman los gastos del accidente . Tengo otro vehículo a la hora de renovar me vendrá subido el seguro

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Buenos días,
Tras un accidente con culpa, la calificación del asegurado cambia para las aseguradoras, por lo que es probable que el precio del seguro aumento. Sin embargo, algunas compañías ofrecen en sus condiciones no modificar la calificación del asegurado hasta determinado numero de accidentes con culpa. Compruebe su póliza de seguro para ver si es el caso.
Saludos.

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Hola buenas , quería preguntarles una duda, tengo 19 años 1 año de carnet y el seguro de mi coche esta a nombre de mi padre, y una de las clausulas del seguro pone; “Cuando las características y/o circuns￾tancias del riesgo asegurado sean distin￾tas de las conocidas por el Asegurador,
por inexactitud de las declaraciones del
Tomador o Asegurado o por agravación
posterior del riesgo sin comunicación al
Asegurador, la indemnización se reduci￾rá proporcionalmente a la diferencia en￾tre la prima convenida y la que se hubie￾se aplicado de haberse conocido la ver￾dadera entidad del riesgo”

Entonces de hay sale mi duda , si por ejemplo yo tengo un accidente atropello a un niño, el seguro se tendría que hacer cargo pero yo tendría que hacerme cargo de parte de la indemnización? O de la diferencia de la prima?

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Buenos días,
En estos casos, la compañía de seguros debe pagar el total de la indemnización al perjudicado. El asegurado deberá hacerse cargo de la diferencia de prima. Esta es la postura mayoritaria de la jurisprudencia. Cuestión distinta es que el perjudicado sea el propio asegurado (seguro a todo riesgo y accidente con culpa, por ejemplo). En ese caso, la indemnización que paga la aseguradora si se reduce proporcionalmente al riesgo ocultado.
Saludos

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