Colisión en semáforo en rojo. Alcance
Nuestra cliente se encontraba parada en un semáforo en rojo cuando sufrió un alcance. Un coche colisionó con ella por detrás, causándole una serie de daños materiales y daños personales.
La peculiaridad de este caso está en que la compañía de Seguros rehusaba su deber de indemnizar las lesiones a la víctima porque alegaba que los daños materiales del coche que colisionó con nuestro cliente eran mínimos y no había relación de causalidad con los daños personales ocasionados ( esta manera de proceder es muy usada últimamente por las compañías de seguros para intentar evadir así el pago de la indemnización).
La compañía se basó en un informe biomecánico (analizando los daños materiales de su vehículo, con informes del perito) y no tuvo en cuenta ni los daños materiales de nuestro coche, ni los informes médicos de nuestra cliente.
Presentamos una denuncia ante el juzgado nº 1 de Granada, aperturándose un Juicio de Faltas. El Juez ordenó el archivo del procedimiento y dictaminó según el Informe del Forense, cual era la cantidad máxima que se podía reclamar a la compañía de seguros.
Finalmente, interpusimos la correspondiente Demanda Ejecutiva con el fin de que se le indemnizara a nuestra cliente, conforme al Informe de Sanidad y pese a la actitud de la compañía, el Juez estimó nuestras peticiones y condenó a la compañía al pago de las costas e intereses derivados del procedimiento, así como a la indemnización de 1.175,25 euros.