Antecedentes penales. La importancia de no tenerlos
El juez puede suspenderle la pena de cárcel y puede evitar su ingreso en prisión cuando carece de antecedentes penales.
¿Cómo afecta tener o no tener antecedentes al cumplimiento de la pena de prisión impuesta por un juez en un delito contra la seguridad víal por ejemplo?
Cuando comete un delito contra la seguridad víal, el juez puede condenarle a pena de prisión, multa, o trabajos a la comunidad por una duración determinada según la gravedad de los hechos y a la privación del carné de conducir por una duración también determinada.
Pues bien, si no tiene antecedentes penales y el juez puede suspenderle condena a pena de prisión y puede evitar su entrada en la cárcel, cuando la pena sea inferior a 2 años de privación de libertad.
El juez establecerá un periodo entre 2 y 5 años en los que no podrá cometer ningún otro delito de cualquier tipo, puesto que si lo comete en este plazo, se revocará la suspensión de la ejecución concedida por el juez y deberá cumplir la pena suspendida y por tanto ingresar en prisión. Debe cumplir la condena integra impuesta por el delito antiguo, más la que corresponda por el nuevo delito, sin posibilidad de obtener suspensión en el delito nuevo.
Si comete un delito y es juzgado por ello, siempre va a tener antecedentes penales
Si comete un delito y es juzgado por ello, siempre va a tener antecedentes penales, por un periodo de tiempo establecido por el juez y en el supuesto de volver a cometer un delito trás el periodo de suspensión y no tener los antecedentes cancelados, no cabrá la posibilidad de suspender la ejecucion de la pena y deberá cumplir integramante la condena impuesta.
Digamos que el sistema judicial le da una segunda oportunidad para no entrar en prisión, pero si comete otro delito en el plazo indicado por el juez, deberá atenerse a las consecuencias y cumplir la condena impuesta además de no tener derecho a suspensión en el delito nuevo.
Delitos contra la seguridad víal:
- Superar la velocidad en:
– 60 Km/h en vías urbanas
– 80 Km/h en vías interurbanas
Regulado en el art. 379 del Código Penal
Conlleva penas de:
prisión de entre 3 a 6 meses ó multa de 6 a 12 mese ó trabajos a la comunidad de 31 a 90 días y retirada del carné de conducir de entre 1 y 4 años.
- Tasa de alcohol superior a 0,60mg/l
Regulado en el artículo 379.2 del código penal.
Conlleva penas de:
prisión de entre 3 a 6 meses ó multa de 6 a 12 mese ó trabajos a la comunidad de 31 a 90 días y retirada del carné de conducir de entre 1 y 6 años.
- Conducción temeraria
Regulado en el artículos 380 y 381 del Código Penal.
Conlleva penas de:
prisión de 6 meses a 2 años y retirada del carné de conducir de entre 1 y 4 años en unos casos.
prisión de 2 a 5 años y multa de 12 a 24 meses y retirada del carné de conducir de entre 6 y 10 años en otros y
Conlleva penas de:
prisión de entre 1 a 2 años y multa de 6 a 12 meses y retirada del carné de conducir de entre 6 y 10 años em otros casos.
- Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia, drogas…
Regulado en el artículo art. 383 del Código penal
Conlleva penas de:
prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carné de conducir de entre 1 y 4 años.
- Conducir sin carné
Regulado en el artículo 384 del código penal.
Conlleva penas de:
prisión de 6 meses a 2 años ó multa de 12 a 24 meses y trabajos de 10 a 40 días.
- Conducir originando grave riesgo para la circulación.
Regulado en el artículo 385 del código penal.
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