Reclamaciones en accidentes de Tráfico

Indemnizaciones, cuantía, cómo y a quién reclamar

Si usted es víctima de un accidente de tráfico tiene que saber que tiene derecho a recibir una indemnización que cubra y repare en cierta medida los daños ocasionados en los siguientes supuestos y términos.

Si usted es conductor no culpable

Tiene derecho a que se le indemnicen los daños materiales de su vehículo y las lesiones que haya sufrido. De esta indemnización se hará cargo el seguro del vehículo causante o en su defecto el Consorcio de Compensación de Seguros.

Los ocupantes de un vehículo

Siempre tienen derecho a indemnización, aún cuando el causante sea el conductor del mismo.

Peatón en caso de atropello

También tiene derecho a indemnización siempre que él no tenga la culpa del accidente.

En caso de concurrencia de culpas

Culpa de ambas partes: La indemnización se reduce en  proporción a las respectivas culpas.

En caso de producirse un fallecimiento, tendrán derecho a percibir indemnización los familiares, cada uno en función del parentesco, la edad de la víctima o la dependencia económica respecto al fallecido entre otros factores.

Indemnización

¿Qué reclamamos?
  • Daños personales:
    • Indemnización por muerte.
    • Indemnización por lesiones.
    • Gastos sanitarios.
  • Daños materiales.
  • Intereses de demora.
  • Prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad laboral.
¿Qué cantidad vamos a percibir?

La cantidad a percibir es difícil de cuantificar sin datos específicos.  Resulta de la aplicación de un baremo en función de la situación y factores personales que influyen en cada víctima y que la hacen única.

Contactando con nosotros podrá obtener una estimación.

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Reclamación

¿Cuáles son los plazos para reclamar?
  • 7 días para dar parte a tu compañía. Aunque el no cumplimiento de este plazo no implica la pérdida total de los derechos.
  • 6 meses para interponer denuncia penal. El plazo será mayor si se trata de un delito.
  • 1 año para interponer demanda civil, desde la posibilidad de ejercitar la acción o desde que se hayan curado las lesiones y se conozca el alcance definitivo de las mismas.
¿Contra quién reclamamos?
  • Si el vehículo tiene seguro, contra la compañía y contra el conductor.
  • Si el vehículo causante no tiene seguro, es robado o el conductor se dio a la fuga, contra el Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Cómo se reclama una indemnización?

Existen 2 vías:

  • Extrajudicial: Negociando con la compañía de seguros la cuantía a percibir. La compañía está obligada por ley ( Real Decreto Legislativo 8/2004) a presentar en el plazo de 3 meses desde la recepción de la reclamación una “oferta motivada”, es decir incluyendo informes y documentación en la que la compañía se ha basado para cuantificar y así el indemnizado puede tener elementos de juicio a la hora de aceptar o rechazar dicha indemnización.
  • Vía judicial: Denunciando o demandando ante el juzgado.

Legaccidentes le aconsejará la vía que más le convenga según sus circunstancias personales.

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¿Necesitas ayuda? Podemos tramitar tu reclamación de tráfico asesorándote para conseguir la mejor indemnización